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Glosario

El glosario a continuación indica el significado y, cuando corresponde, los acrónimos de los términos que pueden aparecer con frecuencia en la Guía para el Solicitante. Los términos están ordenados alfabéticamente para facilitar su consulta. Esta lista no es exhaustiva.

Tabla G1: Glosario
Término Acrónimo Significado
Ronda de 2012 Ronda de solicitudes del Programa de Nuevos gTLD que se abrió en 2012.
Ronda de 2026 Ronda del Programa de Nuevos gTLD que se abrió en abril de 2026 y se rige por esta Guía para el Solicitante.
Etiqueta-A Una “etiqueta A” es la forma de codificación compatible con ASCII (ACE) de una cadena de caracteres de IDN. Una etiqueta A comienza con el prefijo “xn--”, seguido de una cadena de caracteres que es un resultado válido del algoritmo Punycode [RFC3492], con una longitud máxima de 59 caracteres ASCII.
Mecanismos de responsabilidad Mecanismos establecidos en los Estatutos de la ICANN que permiten revisar y reconsiderar las acciones de la ICANN (consultar la Sección 2.7 Mecanismos de responsabilidad). Estos mecanismos son: Comunidad empoderada, Reconsideración, Proceso de Revisión Independiente y Defensor del Pueblo.
Comprobación administrativa y preparación para el Día de revelación Proceso manual mediante el cual se realiza la comprobación administrativa de antecedentes (consultar la Sección 3.2 Comprobación administrativa y preparación para el Día de revelación), se verifica si se recibieron las tarifas de evaluación y se establece un tiempo para que la ICANN se prepare para el Día de revelación (consultar la Sección 3.4 Día de revelación).
Asesoramiento Aporte a la Junta Directiva de la ICANN proporcionado por un Comité Asesor.
Comité Asesor AC Organismo formalmente reconocido en virtud de los Estatutos de la ICANN1, a cargo de asesorar a la Junta Directiva de la ICANN sobre políticas dentro de la misión y el alcance de la organización. Los Estatutos reconocen cuatro AC: el Comité Asesor At-Large, el Comité Asesor Gubernamental, el Comité Asesor del Sistema de Servidores Raíz, y el Comité Asesor de Seguridad y Estabilidad.
Afirmaciones Las afirmaciones del Informe Final del SubPro2 indican que el Grupo de Trabajo considera que un elemento del Programa de Nuevos gTLD de 2012 era, y sigue siendo, apropiado, o como mínimo aceptable, para continuar en procedimientos posteriores.
Afirmaciones con modificaciones Similares a las afirmaciones, como se describen en el Informe Final del SubPro, pero se utilizan en casos en los que el Grupo de Trabajo recomienda un ajuste relativamente pequeño a las políticas o la implementación del Programa de Nuevos gTLD de 2012.
Código Estadounidense Estándar para el Intercambio de Información ASCII Estándar de codificación de caracteres para representar un conjunto específico de 95 caracteres imprimibles (con énfasis en el idioma inglés) y 33 caracteres de control, lo que suma un total de 128 puntos de código.
Proceso de apelación Apelación Mecanismo que permite a las partes pertinentes apelar la decisión de un Panel de objeción. Consultar la Sección 4.5.9.1 Presentación de una apelación.
Solicitante Entidad que ha solicitado a la ICANN un nuevo gTLD mediante la presentación de una solicitud durante el período para la presentación de solicitudes.
Evaluación del solicitante La Evaluación de solicitantes se produce después de que la solicitud (a) haya superado con éxito la Evaluación de la cadena de caracteres y no forme parte de un conjunto de solicitudes controvertidas, o (b) haya superado con éxito la Evaluación de la cadena de caracteres y haya prevalecido en el conjunto de solicitudes controvertidas. Se lleva a cabo en paralelo con la Evaluación de solicitudes (consultar el Módulo 7 Procedimientos de evaluación de la cadena de caracteres y solicitudes) en función del número de prioridad de la solicitud, a menos que otros procesos impidan que la solicitud siga adelante. La evaluación del solicitante consta de dos evaluaciones obligatorias: Investigación de antecedentes y Evaluación financiera y operativa. Consultar la Sección 6.1 Investigación de antecedentes y la Sección 6.2 Evaluación financiera y operativa.
Guía para el Solicitante AGB La Guía para el Solicitante de gTLD, que describe los requisitos de los procesos de presentación y evaluación de solicitudes.
Programa de Apoyo para Solicitantes ASP Un programa independiente del proceso de solicitudes de gTLD, que ofrece una reducción de las tarifas de la ICANN relacionadas con el Programa de Nuevos gTLD a los solicitantes cualificados con necesidad económica demostrada. Consultar el Apéndice 11 Programa de Apoyo para Solicitantes.
Solicitud Solicitud de un nuevo gTLD presentada en relación con los términos y condiciones de la Guía para el Solicitante. Una solicitud comprende las preguntas incluidas en la solicitud completadas, cualquier documento de respaldo y toda otra información que pueda presentar el solicitante a petición de la ICANN. Consultar el Apéndice 1 Preguntas incluidas en la solicitud.
Pedido de cambios en una solicitud ACR Los solicitantes tienen la oportunidad de pedir cambios en sus solicitudes, como, por ejemplo, la adición o modificación de los Compromisos voluntarios de los operadores de registro o la Política de registración de la comunidad, en respuesta a las preocupaciones planteadas en una objeción, a través de Pedido de cambios en una solicitud. Consultar la Sección 3.8 Pedidos de cambios en una solicitud.
Evaluación de solicitudes La Evaluación de solicitudes incluye las evaluaciones siguientes: Revisión del proveedor de servicios de registro, Revisión de nombres geográficos, Revisión de nombres reservados, Evaluación del plan de mitigación de alto riesgo de colisión de nombres, Evaluación de exención al código de conducta, Evaluación de compromisos del registro (incluida la Evaluación de políticas de registración de la comunidad), Evaluación de elegibilidad como TLD que representa a una marca y Evaluación de cadenas de caracteres variantes. Entre ellas, sólo es obligatoria la Revisión del proveedor de servicios de registro. Consultar el Módulo 7 Procedimientos de evaluación de la cadena de caracteres y solicitudes.
Prioridad de las solicitudes Cada solicitud recibirá un número de prioridad a través del sorteo de priorización (consultar la Sección 3.7 Orden de procesamiento de solicitudes y sorteo de priorización). El número de prioridad establece el orden de procesamiento de todas las solicitudes de una ronda.
Preguntas incluidas en la solicitud Conjunto de preguntas a las que responden los solicitantes. En la ronda de 2012, se incluyó como anexo al Módulo 2 de la Guía para el Solicitante. Consultar el Apéndice 1 Preguntas incluidas en la solicitud.
Ronda de solicitudes La sucesión completa de etapas para el procesamiento de las solicitudes recibidas durante un período para la presentación de solicitudes para gTLD. Los términos y condiciones de la Guía para el Solicitante son para una ronda de solicitudes (consultar el Apéndice 10 Términos y condiciones). Cualquier ronda de solicitudes posterior estará sujeta a la información actualizada de la guía (consultar la Sección 2.8 Siguientes rondas de solicitudes).
Período para la presentación de solicitudes El intervalo de tiempo durante el cual se pueden crear y presentar solicitudes. Consultar la Sección 3.1.1 Periodo para la presentación de solicitudes.
Sistema de presentación de solicitudes Sistema que permite a los solicitantes enviar de forma segura la información necesaria para solicitar uno o más componentes del Programa de Nuevos gTLD. Esto puede incluir solicitantes del Programa de Apoyo para Solicitantes, solicitantes de la Preevaluación de Proveedores de Servicios de Registro y solicitantes de gTLD. Consultar el Sistema de gestión de solicitudes de TLD (TAMS).
Cadena de caracteres de gTLD solicitada Cadena de caracteres que es el objeto de una solicitud de gTLD.
Investigación de antecedentes La investigación de antecedentes protege el interés público en la asignación de recursos críticos de Internet, lo que garantiza que sólo las corporaciones, organizaciones o instituciones constituidas y que operen conforme a la ley puedan operar un nuevo gTLD. Consultar la Sección 6.1 Investigación de antecedentes.
Acuerdo de Registro Base RA Base

El tipo de acuerdo de registro con la ICANN que los solicitantes de gTLD seleccionados deben firmar antes de la delegación de un nuevo gTLD. Establece las obligaciones legales, operativas, técnicas y de otra índole que debe cumplir el operador de registro que gestiona un gTLD, así como los derechos y responsabilidades correspondientes de la ICANN. En función del resultado de la evaluación y de las circunstancias particulares de cada gTLD, se pueden añadir una o varias especificaciones al Acuerdo de Registro Base.

El Acuerdo de Registro Base es el resultado de una amplia consulta con la comunidad. La ICANN solo considerará modificaciones al acuerdo en circunstancias extraordinarias, tales como problemas legales, jurisdiccionales o normativos únicos que impedirían en términos jurídicos a una entidad ejecutar el Acuerdo de Registro Base tal como está.

Nombres bloqueados Ciertas cadenas de caracteres, incluidas sus cadenas de caracteres variantes asignables, que no son admisibles para solicitud o delegación en ninguna ronda futura de gTLD en virtud de la política existente. Los nombres bloqueados no están sujetos a procesos de excepción y no pueden ser solicitados por ninguna entidad. Consultar la Sección 7.2.1 Nombres bloqueados.
Identificación de nombres bloqueados Cuando un solicitante ingresa el nombre de la cadena solicitada, el sistema comprueba automáticamente si la cadena elegida por el solicitante, incluida cualquiera de sus cadenas variantes asignables aplicables, es un nombre bloqueado.
TLD que representa a una marca Una designación para un TLD que es operado por una entidad o para la misma bajo su nombre de marca comercial tal como se indica en el Acuerdo de Registro de la entidad con la ICANN. Consultar la Sección 7.7 Evaluación de elegibilidad como TLD que representa a una marca y el Apéndice 4 Acuerdo de Registro Base. Para obtener la categoría de TLD que representa a una marca, un operador de registro debe solicitar la designación de dicha categoría, y la marca comercial correspondiente debe registrarse en el Centro de Información y Protección de Marcas Comerciales.
Evaluación de elegibilidad como TLD que representa a una marca La Evaluación de elegibilidad como TLD que representa a una marca confirma que el solicitante cumple los criterios para la designación como un TLD que representa a una marca. Una designación satisfactoria dará lugar a que se agregue la Especificación 13 al Acuerdo de Registro Base del solicitante, siempre que el solicitante supere con éxito todas las etapas de la evaluación. Consultar la Sección 7.3 Evaluación de elegibilidad como TLD que representa a una marca.
Informe Final del CCT El Informe Final de la Revisión de Competencia, Confianza y Elección de los Consumidores3 con fecha 8 de septiembre de 2018.
Pregunta aclaratoria CQ Un panel de evaluación puede formular preguntas aclaratorias para obtener más información de un solicitante. Consultar la Sección 1.2.12 Preguntas aclaratorias.
Genérico cerrado Según el informe final del Grupo de Trabajo para el Proceso de Desarrollo de Políticas de SubPro, un genérico cerrado es "un TLD que representa una cadena de caracteres que es un nombre o término genérico bajo el cual se registran los dominios y que puede utilizar exclusivamente el operador del registro o sus afiliadas". Consultar la Sección 3.1.7 Genéricos cerrados/Cadenas de caracteres genéricas exclusivas.
Evaluación de exención al código de conducta Si un solicitante propone registrar todos los nombres de dominio en el gTLD exclusivamente para uso propio del operador de registro o para uso de sus afiliadas, y desea renunciar a la protección para sí mismo y sus afiliadas, la ICANN puede conceder una exención al Código de conducta (Especificación 9 del Acuerdo de Registro Base), siempre que el gTLD no sea una cadena de caracteres genérica y el operador de registro cumpla con los criterios de exención. Consultar la Sección 7.4 Evaluación de exención al código de conducta.
Lista de cadenas de caracteres sujetas a colisiones Lista de cadenas de caracteres que mantiene la ICANN, las cuales, según lo ha determinado la ICANN, presentan un alto riesgo de colisión de nombres (consultar la Sección 7.7 Colisión de nombres).
La comunidad La ICANN sigue un modelo de múltiples partes interesadas en el que los individuos, los grupos de partes interesadas no comerciales, la industria y los gobiernos, denominados colectivamente la comunidad de la ICANN, desempeñan papeles importantes en su enfoque de desarrollo de políticas basado en la comunidad e impulsado por el consenso.
Solicitud de la comunidad Solicitud de cadena de caracteres de un gTLD cuyo uso previsto sea operar en beneficio de una comunidad claramente definida. Consultar la Sección 5.4 Evaluación con prioridad de la comunidad. Dicha designación queda a discreción del solicitante. Un solicitante que designe su solicitud de la comunidad debe estar preparado para justificar su condición de representante de la comunidad que nombra en la solicitud.
Objeción de la comunidad Objeción fundada en que existe una oposición sustancial a la solicitud de un gTLD por parte de una parte significativa de la comunidad a la que la cadena de caracteres del gTLD puede estar explícita o implícitamente dirigida. Consultar la Sección 4.5.10.4 Principios: Comunidad.
Evaluación con prioridad de la comunidad CPE Proceso mediante el cual se resuelve la controversia por cadena de caracteres, que puede ser elegido por un solicitante de la comunidad. Consultar la Sección 5.4 Evaluación con prioridad de la comunidad.
Políticas de registración para la comunidad Las Políticas de registración para la comunidad contenidas en el Acuerdo de Registro (“Políticas de registración para la comunidad”) son políticas obligatorias que se deben incluir en el Acuerdo de Registro correspondiente para las solicitudes de la comunidad. Consultar la Sección 7.8.4 Políticas de registración para la comunidad. Estas políticas deben definir, como mínimo, quién puede registrarse en el gTLD solicitado y en qué condiciones el registro puede aceptar un nombre de dominio de segundo nivel. Los operadores de registro de TLD de la comunidad pueden tener políticas de registración adicionales fuera del Acuerdo de Registro, siempre que no sean contrarias a los requisitos establecidos en los acuerdos y políticas aplicables de la ICANN.
Evaluación de políticas de registración para la comunidad Las Políticas de registración para la comunidad propuestas también están sujetas a la evaluación y aprobación de la ICANN antes de que puedan incluirse en la Especificación 12 del Acuerdo de Registro Base. Consultar la Sección 7.8.4 Políticas de registración para la comunidad.
gTLD de la comunidad Un gTLD de una comunidad se opera en beneficio de una comunidad claramente delimitada.
Política de consenso Una política creada a través del proceso de desarrollo de políticas de la GNSO que figura en el Anexo A de los Estatutos de la ICANN4. En el sitio web de las partes contratadas se puede consultar una lista de las políticas de consenso vigentes5.
Controversia Situación en la que existe más de una solicitud para una cadena de caracteres idéntica o similar. Consultar la Sección 5.2 Controversia por cadenas de caracteres y procedimientos de resolución de controversias.
Conjunto de solicitudes controvertidas Grupo de solicitudes que se determinó que eran cadenas de caracteres de gTLD solicitadas idénticas o similares desde el punto de vista visual, auditivo o de significado según la Evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres o tras una Objeción por confusión de cadenas de caracteres.
Interrupción controlada Un estado que los gTLD recién delegados deben establecer durante al menos 90 días durante los cuales se proporciona una respuesta específica para todas las consultas a ese dominio de alto nivel para ayudar a los usuarios a entender que se ha producido una colisión de nombres. Consultar la Sección 7.7 Colisión de nombres.
Dominio de alto nivel con código de país ccTLD Clase de dominios de alto nivel que está reservada para que la utilicen países, territorios y ubicaciones geográficas identificadas en la lista de Códigos de País de la norma ISO 3166-1. Consultar la base de datos de la Zona Raíz6.
Delegación Proceso mediante el cual la zona raíz se edita para incluir un nuevo TLD y la gestión de las registraciones de nombres de dominio bajo el TLD se transfiere al operador de registro.
Proveedor de Servicio de Resolución de Disputas DRSP Entidad aprobada por la ICANN para adjudicar procedimientos de resolución de disputas en respuesta a objeciones. Consultar la Sección 4.5.3 Proveedores de Servicio de Resolución de Disputas.
Revisión de estabilidad del DNS La Revisión de estabilidad del DNS utiliza un sistema automatizado diseñado para revisar todas las cadenas de caracteres primarias y variantes solicitadas. Consultar la Sección 3.1.8.3 Revisión de estabilidad del DNS. Esta evaluación garantiza que todas las cadenas de caracteres se ajusten a los requisitos obligatorios de las cadenas, en particular, los requisitos del DNS y de nombres de host, los requisitos de IDNA de 2008 para IDN y el RZ-LGR. Los solicitantes reciben una advertencia si la cadena de caracteres no cumple estos requisitos y pueden solicitar una revisión de la evaluación automatizada.
Nombre de dominio Cadena única de letras formada por dos o más niveles (por ejemplo, juan.smith.nombre) que se mantiene en una base de datos de registro.
Sistema de Nombres de Dominio DNS Sistema jerárquico global de nombres de dominio.
Extensiones de Seguridad del Sistema de Nombres de Dominio DNSSEC Las DNSSEC aseguran las búsquedas de nombres de dominio en Internet incorporando una cadena de firmas digitales en la jerarquía del DNS.
Impugnación de la evaluación Mecanismo que permite a un solicitante impugnar determinados resultados de la evaluación basándose en un error de sistema, de hecho o de procedimiento.
Panel de evaluación Un panel que tiene experiencia en el área que se está revisando (por ejemplo, Panel de evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres). Los Paneles de evaluación utilizan los criterios establecidos por la comunidad para evaluar si un solicitante cumple o no dichos criterios.
TLD existente Una cadena de caracteres incluida en la lista de la base de datos de la Zona Raíz7.
Evaluación extendida EE La Evaluación extendida otorga a los solicitantes un plazo adicional para aprobar las evaluaciones emprendidas en la evaluación inicial. La segunda etapa de evaluación se aplica a las solicitudes que no aprueban la evaluación inicial, pero que reúnen los requisitos para una revisión posterior. Consultar la Sección 1.2.14.1 Evaluación extendida.
Protocolo de Aprovisionamiento Extensible EPP Protocolo de comunicación electrónica entre un registrador y un registro para el aprovisionamiento de nombres de dominio.
Conjunto de solicitudes controvertidas final Los conjuntos de solicitudes controvertidas finales son el resultado de una Evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres. Consultar la Sección 7.10 Evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres.
Informe Final sobre el Proceso de Desarrollo de Políticas sobre Procedimientos Posteriores a la Introducción de Nuevos gTLD Informe Final del SubPro El Informe Final8 sobre el Proceso de Desarrollo de Políticas para Procedimientos Posteriores a la Introducción de Nuevos gTLD, con fecha del 20 de enero de 2021.
Conjunto de solicitudes controvertidas finalizado

Un conjunto de solicitudes controvertidas que cumple los siguientes criterios de elegibilidad para la subasta:

  • Completar la evaluación de la cadena de caracteres

  • Efectuar todas las objeciones, apelaciones e impugnaciones que correspondan

  • Completar la CPE, si corresponde

  • No tener pedidos de cambio pendientes

  • No tener mecanismos de responsabilidad pendientes

Evaluación financiera y operativa La Evaluación financiera y operativa determina si un solicitante tiene la capacidad financiera y operativa para mantener el registro a largo plazo y si ha implementado las medidas de protección adecuadas para garantizar la solidez de las operaciones comerciales y hacer frente a los problemas relativos al uso indebido. Consultar la Sección 6.2 Evaluación financiera y operativa.
Rondas futuras El Programa de Nuevos gTLD evalúa las solicitudes en rondas. Rondas futuras (o "rondas de solicitudes posteriores") se refiere a todas las rondas que tendrán lugar después de la Ronda de 2026. Consultar la Sección 2.8 Siguientes rondas de solicitudes.
Asesoramiento consensuado del GAC acerca de nuevos gTLD Asesoramiento proporcionado a la Junta Directiva de la ICANN por el GAC en relación con una o más solicitudes de gTLD. Consultar la Sección 4.3 Asesoramiento consensuado del GAC.
Alerta temprana del GAC Notificación emitida por el GAC relativa a una solicitud de gTLD en la que se indica que existe uno o más gobiernos que consideran la solicitud como potencialmente sensible o problemática. Consultar la Sección 4.2 Alertas tempranas de miembros del GAC.
Organización de Apoyo para Nombres Genéricos GNSO Organismo de desarrollo de políticas de la ICANN9 para los TLD genéricos, que elaboró las recomendaciones de políticas para la introducción de nuevos gTLD.
Dominio genérico de alto nivel gTLD Clase de dominios de alto nivel que incluye dominios de propósito general como .com, .net, .edu y .org. Esta clase también incluye dominios asociados con el Programa de Nuevos gTLD, que incluye nombres como .futbol,​.istanbul y .pizza, y nombres en otros alfabetos e idiomas. La ICANN coordina la elaboración de las reglas y políticas que rigen la registración de nombres de dominio en los gTLD.
Nombre geográfico Un dominio genérico de alto nivel y su(s) etiqueta(s) variante(s) asignable(s) es un nombre geográfico si cumple alguno de estos criterios: Es el nombre (en cualquier idioma) de una capital de un país o territorio que figure en la norma ISO3166-1; es el nombre de una ciudad o región cuando el solicitante declare que tiene intención de utilizar el gTLD para fines asociados a ese nombre; es una coincidencia exacta de un topónimo subnacional como un condado, provincia o estado que figure en la norma ISO3166-2; o de un nombre que figure como región de la UNESCO10 o que aparezca en la sección M49 de Regiones Geográficas de la ONU11. Cada categoría tiene diferentes calificaciones. Consultar la Sección 7.5 Nombres geográficos.
Identificación de nombres geográficos Como parte de la identificación de nombres geográficos, un panel revisará todas las cadenas de caracteres solicitadas e identificará las que pueden considerarse un nombre geográfico, tal como se describe en la Sección 7.5 Nombres geográficos. Esto es independiente del proceso de verificación más sustancial denominado Revisión de nombres geográficos (Sección 7.5.3.2) que tendría lugar como parte de la Evaluación de solicitudes.
Panel de Nombres Geográficos GNP Panel de expertos encargado por la ICANN de revisar las cadenas de caracteres de TLD solicitadas para identificar y confirmar la documentación necesaria para los nombres geográficos.
Revisión de nombres geográficos Una verificación y una revisión sustancial de las respuestas a las solicitudes de las cadenas de caracteres determinadas como geográficas. Esta revisión forma parte de la Evaluación de solicitudes. Consultar la Sección 7.5.3.2 Revisión de nombres geográficos.
Comité Asesor Gubernamental GAC El GAC es el espacio donde se pronuncian los gobiernos y las organizaciones intergubernamentales (OIG) en la estructura de múltiples partes interesadas de la ICANN. El GAC es un comité asesor creado en virtud de los Estatutos de la ICANN para brindar asesoramiento a su Junta Directiva. El rol fundamental del GAC es asesorar a la ICANN sobre cuestiones de política pública, especialmente donde pueda haber una interacción entre las actividades o políticas de la ICANN y las leyes nacionales o los acuerdos internacionales.
Tarifa de solicitud de gTLD La tarifa que debe abonar cada solicitante para obtener la consideración de su solicitud. La tarifa puede consistir en un pago anticipado parcial y el pago del importe total de la tarifa por cada solicitud presentada.
Plan de mitigación de alto riesgo por colisión de nombres La Sección 7.7.5 Evaluación del plan de mitigación de alto riesgo de colisión de nombres describe las medidas preventivas y correctivas específicas que tomará el solicitante para mitigar el riesgo de colisión de nombres, incluidas las actividades de comunicación con los usuarios finales afectados. Cada acción de mitigación debe tener un plazo específico para su implementación. El plazo total no debe superar los dos años.
Subasta de la ICANN Subasta realizada por la ICANN de acuerdo con los procedimientos de controversia por cadena de caracteres.
Junta Directiva de la ICANN Órgano que revisa las recomendaciones de políticas desarrolladas por la comunidad de la ICANN y envía las políticas aprobadas a la organización de la ICANN para su implementación. La Junta Directiva 12 también se encarga de la supervisión estratégica de la organización de la ICANN, garantizando que la organización actúe de acuerdo con su misión y funcione de forma eficaz, eficiente y ética.
Comunidad de la ICANN “La comunidad” La ICANN sigue un modelo de múltiples partes interesadas en el que los individuos, los grupos de partes interesadas no comerciales, la industria y los gobiernos, denominados colectivamente la comunidad de la ICANN, desempeñan papeles importantes en su enfoque de desarrollo de políticas basado en la comunidad e impulsado por el consenso.
Organización de la ICANN org/ICANN org Entidad13 que implementa las recomendaciones de la comunidad de la ICANN bajo la dirección de la Junta Directiva de la ICANN.
Registrador acreditado por la ICANN Entidad que ha firmado un Acuerdo de Acreditación de Registradores14 con la ICANN. El registrador tiene acceso a realizar cambios en un registro agregando, eliminando o actualizando registros de nombres de dominio.
Pautas para la implementación IG Uno de los resultados del Informe Final del SubPro. En este caso, el Grupo de Trabajo recomienda especialmente la acción indicada, con la presunción de que se llevará a cabo, pero reconoce que pueden existir razones válidas en circunstancias particulares para no tomar la acción recomendada exactamente como se describe. Sin embargo, la parte a la que se dirige la acción debe realizar todos los esfuerzos por lograr el propósito que subyace a la acción recomendada (tal como se expresa en el fundamento y en la recomendación a la que se vinculan las pautas para la implementación, si corresponde), aunque se realice por una vía diferente. En todos los casos, se deben comprender todas las implicaciones y sopesarlas cuidadosamente antes de elegir otra vía. Las pautas para la implementación suelen referirse al modo en que debe implementarse una recomendación. Las pautas para la implementación suelen utilizar el término "debería", que indica que el Grupo de Trabajo espera que la acción se lleve a cabo, teniendo en cuenta las observaciones anteriores.
Equipo para la Revisión de la Implementación IRT Un Equipo para la Revisión de la Implementación es un equipo voluntario de la comunidad de la ICANN que revisa los planes de implementación propuestos según fueron redactados por la organización de la ICANN y comprueba que estén en consonancia con las recomendaciones de la GNSO aprobadas por la Junta Directiva de la ICANN. El equipo también responde a las preguntas y recopila aclaraciones de la organización de la ICANN cuando es necesario. Ofrece asesoramiento sobre detalles técnicos y operativos relativos a las recomendaciones en cuestión.
Objetor independiente IO Parte seleccionada por la ICANN para actuar exclusivamente en el mejor interés del público. El Objetor independiente (consultar la Sección 4.5.4 Objetores independientes) puede presentar objeciones a las solicitudes por motivos de interés público limitado (consultar la Sección 4.5.1.3 Fundamento de la objeción: Interés público limitado) y de la comunidad (consultar la Sección 4.5.1.4 Fundamento de la objeción: La comunidad).
Organización intergubernamental OIG Una OIG es una organización compuesta principalmente por estados soberanos o por otras organizaciones intergubernamentales. Las OIG se constituyen mediante un tratado u otro acuerdo que actúa como carta orgánica de creación del grupo. Algunos ejemplos son las Naciones Unidas, el Banco Mundial y la Unión Europea.
Nombre de dominio internacionalizado IDN Nombre de dominio en el que una o más de sus cadenas de caracteres contienen caracteres que no son letras, dígitos o guiones ASCII. Debido a que los IDN admiten el uso de caracteres Unicode, pueden incluir caracteres de idiomas y códigos de escritura locales. Por ejemplo, 실례.테스트 es un nombre de dominio compuesto íntegramente por caracteres del alfabeto hangul.
Autoridad de Números Asignados en Internet IANA

Conjunto de funciones de coordinación de Internet relacionadas con asegurar la asignación de parámetros de protocolo únicos a nivel global, lo cual comprende la administración de la raíz del DNS y el espacio de direcciones de Protocolo de Internet.

Las funciones de la IANA son desempeñadas por la entidad Identificadores Técnicos Públicos, una afiliada de la ICANN.

Objeción por derechos legales Una objeción presentada sobre la base de que la cadena de caracteres de gTLD solicitada infringe los derechos legales existentes del objetor. Consultar la Sección 4.5.1.2 Fundamento de la objeción: Derechos legales.
Objeción de interés público limitado Una objeción presentada sobre la base de que la cadena de caracteres de gTLD solicitada es contraria a las normas jurídicas de moralidad y orden público generalmente aceptadas y reconocidas en virtud de los principios del derecho internacional. Consultar la Sección 4.5.1.3 Fundamento de la objeción: Interés público limitado.
Proveedor de servicios de registro principal RSP principal El proveedor de servicios de registro principal proporciona como mínimo el Protocolo de Aprovisionamiento Extensible y los Servicios de Directorio de Registración, y genera y envía depósitos de custodia de datos al agente de custodia de datos aprobado para el gTLD.
Compromisos obligatorios en pos del interés público PIC obligatorios Los compromisos obligatorios en pos del interés público (consultar la Sección 7.8.1 Compromisos obligatorios en pos del interés público) son normas o pautas impuestas por la ICANN que el operador de registro de un gTLD debe cumplir para proteger el interés público y los derechos de los consumidores. Suelen implementarse en respuesta a las preocupaciones planteadas por el GAC.
Proyecto de Análisis de Colisiones de Nombres NCAP En 2017, la Junta Directiva ordenó al SSAC que estableciera el NCAP para llevar a cabo estudios relacionados con la colisión de nombres, que se refiere a la situación en la que un nombre que se define y utiliza en un espacio de nombres también puede aparecer en otro. Los usuarios y las aplicaciones diseñadas para usar un nombre en un espacio determinado pueden usar ese mismo nombre en otro espacio. Como resultado, puede darse una situación anómala en la cual el comportamiento esperado de ese nombre no sea igual en ambos espacios. Las circunstancias que ocasionan una colisión de nombres pueden ser accidentales o maliciosas.
Evaluación del plan de mitigación de alto riesgo por colisión de nombres El solicitante de una cadena de caracteres que la ICANN haya considerado que presenta un alto riesgo de colisión de nombres y haya despejado la controversia puede presentar un Plan de mitigación de alto riesgo por cadenas de caracteres para su revisión. Este plan será revisado por expertos técnicos. Consultar la Sección 7.7.5 Evaluación del plan de mitigación de alto riesgo por colisión de nombres.
Evaluación inicial de colisiones de nombres La Evaluación inicial de colisiones de nombres tiene como objetivo identificar las cadenas de caracteres con un alto riesgo de colisión de nombres, tal como se describe en Colisión de nombres. Consultar la Sección 7.7.2 Evaluación inicial de colisiones de nombres. Si una cadena de caracteres se considera de alto riesgo, el solicitante tendrá la oportunidad de presentar un plan de mitigación para su evaluación, lo que permitirá que la solicitud siga adelante si se aprueba.
Portal de Servicios de Nombres NSp Servicio en línea disponible a través del sitio web de la ICANN que proporciona una ubicación central para que las partes contratadas (por ejemplo, operadores de registro contratados y registradores acreditados) puedan llevar a cabo sus actividades con la organización de la ICANN. El portal ayuda a optimizar los procesos operativos y se personaliza con funciones solicitadas por la comunidad, como el seguimiento de casos, el acceso para empresas de múltiples usuarios y los flujos de trabajo estructurados. Los usuarios pueden realizar preguntas, enviar información y solicitar aprobaciones a través del portal.
Sistema de nombres Consultar la RFC 9499, sección 2: https://www.rfc-editor.org/rfc/rfc9499.html#name-names.
Objeción Objeción presentada ante un Proveedor de Servicio de Resolución de Disputas de conformidad con los procedimientos de dicho proveedor. Consultar la Sección 4.5 Objeciones y apelaciones.
Objetor Persona o entidad que ha presentado una objeción contra una solicitud de un nuevo gTLD ante el DRSP correspondiente.
Registro de cuentas de la organización

Información de la organización recopilada durante la etapa previa a la presentación de solicitudes. Esta información comprende, entre otros, los siguientes datos: datos del solicitante, información del contacto principal, información del contacto secundario y prueba de constitución legal.

Consultar el Conjunto de preguntas 4 Antecedentes y organización de la entidad solicitante en el Apéndice 1 Preguntas incluidas en la solicitud para preguntas relacionadas con el Registro de cuentas de la organización.

Resultados Afirmaciones, recomendaciones de políticas y pautas para la implementación derivadas del informe final.
Información de identificación personal PII Toda representación de información que permita inferir la identidad de un individuo al que se aplica la información.
Validaciones de cadenas de caracteres previas a la presentación Las validaciones de las cadenas de caracteres primarias y variantes, incluidas las cadenas de reemplazo, se incorporan e implementan automáticamente a través del TAMS. Consultar la Sección 3.1.8 Validaciones de cadenas de caracteres previas a la presentación.
Controversia preliminar Se considerará que todas las solicitudes de cadenas de caracteres idénticas el Día de revelación (consultar la Sección 3.4 Día de revelación) se encuentran en controversia preliminar.
Informe de Revisión sobre la Implementación del Programa PIRR Informe elaborado por la organización de la ICANN en 2016 que recopila las experiencias del personal durante la implementación operativa de la ronda de 2012 en el Programa de Nuevos gTLD.15
Procedimientos para la Resolución de Disputas en Materia de Compromisos de Interés Público PICDRP Los PICDRP son un mecanismo de resolución de disputas que, en determinados casos, requieren un panel de evaluación. En el caso de los gTLD con acuerdos de registro que incorporen PICDRP, el procedimiento se encuentra a disposición de toda parte damnificada a raíz del incumplimiento de los PIC por parte de un operador de registro. Los PIC y los PICDRP constituyen una de las medidas de protección de la comunidad creadas como parte del Programa de Nuevos gTLD en 2012.
Compromisos en pos del interés público PIC Los compromisos en pos del interés público son obligaciones vinculantes que los operadores de registro de gTLD tienen con la comunidad de Internet en virtud de sus contratos con la organización de la ICANN. Están sujetos a la supervisión del cumplimiento y a la exigencia del cumplimiento efectivo por parte de la organización de la ICANN. (Consultar también PICDRP y RVC).
Registrador Rr Organización a través de la cual las personas y entidades (registratarios) registran nombres de dominio. Durante el proceso de registración, un registrador verifica que el nombre de dominio solicitado cumpla con los requisitos del registro y envía el nombre al operador de registro apropiado. Los registradores también son responsables de recopilar la información requerida de los registratarios y hacer que la información esté disponible a través de RDDS.
Procedimiento para la Resolución de Disputas por Restricciones de Registración RRDRP Procedimiento formal que proporciona a las instituciones establecidas una forma de resolver disputas relacionadas con las restricciones de registración en el Acuerdo de Registro para gTLD.
Registro Ry La base de datos principal y acreditada de todos los nombres de dominio registrados en cada dominio de alto nivel. El operador de registro mantiene la base de datos principal y también genera el "archivo de zona", el cual permite a los equipos enrutar el tráfico de Internet hacia y desde los dominios de alto nivel de cualquier lugar del mundo.
Acuerdo de Registro RA Contrato entre la ICANN y el operador de registro de un gTLD designado que define los derechos, obligaciones y disposiciones para que el operador de registro gestione el gTLD. Consultar el Apéndice 4 Acuerdo de Registro Base.
Evaluación de compromisos de los operadores de registro RCE Cada RVC presentado o Política de registración para la comunidad propuesta para su inclusión en el Acuerdo de Registro aplicable está sujeto a esta evaluación por parte de la ICANN para determinar si cumple todos los criterios establecidos en esta AGB. Consultar la Sección 7.8.3.2 Evaluación de compromisos de los operadores de registro.
Operador de registro RO La organización que mantiene la base de datos maestra (registro) de todos los nombres de dominio registrados en un TLD en particular. Los RO reciben solicitudes de registradores para agregar, eliminar o modificar nombres de dominio y realizan los cambios solicitados en el registro. Un RO también opera los servidores de nombres autoritativos del TLD y genera el archivo de zona. Esta información permite que los servidores de nombres recursivos en Internet traduzcan los nombres de dominio a direcciones de Protocolo de Internet, para que los dispositivos en Internet se puedan conectar entre sí.
Proveedor de servicios de registro RSP Un proveedor de servicios de registro se refiere a una entidad que proporciona determinadas operaciones técnicas para un operador de registro.
Programa de Evaluación de los Proveedores de Servicios de Registro (RSP) Este programa permite a los proveedores de servicios de registro ser evaluados una vez por los servicios que pretenden prestar a los solicitantes. Los solicitantes seleccionados serán preaprobados para la Ronda de 2026. Los solicitantes que incorporen un RSP preaprobado a sus solicitudes no tendrán que someterse a una evaluación técnica mientras el RSP siga preaprobado.
Política de Evaluación de Servicios de Registro RSEP La política que rige la evaluación de los servicios de registro propuestos por un operador de registro o solicitante.
Panel de Evaluación Técnica de Servicios de Registro RSTEP Grupo de expertos en diseño, gestión e implementación de los complejos sistemas y protocolos estándar utilizados en la infraestructura de Internet y el DNS. Los miembros del RSTEP son seleccionados por su presidente. Todos los miembros del RSTEP y el presidente han firmado un acuerdo por el que se comprometen a examinar las cuestiones sometidas al panel de forma neutral y de acuerdo con las definiciones de seguridad y estabilidad especificadas.
Compromisos voluntarios de los operadores de registro RVC Por lo general, los RVC son compromisos opcionales que los solicitantes pueden proponer para despejar las inquietudes de terceros con respecto a una cadena de caracteres de gTLD solicitada, o para promover el interés público, la confianza de la comunidad o medidas de protección adicionales con respecto al funcionamiento del gTLD. Una vez aprobados por la ICANN tras la Evaluación de compromisos de los operadores de registro (RCE), se prevé que se incluyan en la Especificación 11 del Acuerdo de Registro Base como obligaciones contractuales.
Nombres reservados Ciertas cadenas de caracteres, incluidas sus cadenas de caracteres variantes asignables, que generalmente no están disponibles para su registración porque están reservadas para entidades específicas. Los nombres reservados incluyen los asociados a determinadas organizaciones internacionales e intergubernamentales (OIG-OING internacionales limitadas). Estos nombres sólo pueden ser solicitados por la entidad pertinente a través de un proceso de excepción, que requiere la documentación adecuada, tal como se indica en los procedimientos aplicables.
Identificación de nombres reservados Cuando un solicitante ingresa el nombre de la cadena solicitada, el sistema comprueba automáticamente si la cadena elegida por el solicitante, incluida cualquiera de sus cadenas variantes asignables aplicables, aparece en la lista de nombres reservados. Consultar la Sección 7.2.2.2 Identificación de nombres reservados.
Revisión de nombres reservados El proceso de evaluación de nombres reservados determinará si la organización correspondiente ha solicitado la cadena de caracteres reservada y verificará la documentación de respaldo, tal como se describe en Nombres reservados. Consultar la Sección 7.2.2.3 Revisión de nombres reservados.
Mecanismo de protección de derechos RPM Mecanismo que ayuda a proteger los derechos de propiedad intelectual en el Sistema de Nombres de Dominio. Los RPM incluyen la Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio, el Sistema Uniforme de Suspensión Rápida y el Procedimiento de Resolución de Disputas por Marcas Comerciales con Posterioridad a la Delegación.
Zona raíz La base de datos de la zona raíz representa los detalles de delegación de los dominios de alto nivel, incluidos los gTLD y ccTLD. Como administrador de la zona raíz del DNS, la IANA es responsable de coordinar estas delegaciones de acuerdo con sus políticas y procedimientos.
Evaluación de medidas de protección La Evaluación de medidas de protección determinará si se exigirán medidas de protección específicas a una cadena de caracteres solicitada en relación con la protección de los consumidores, las cadenas de caracteres sensibles y los mercados regulados. Consultar la Sección 7.8.2 Compromisos en pos del interés público sobre medidas de protección.
PIC sobre medidas de protección Los PIC sobre medidas de protección se desarrollaron e implementaron en respuesta al Asesoramiento consensuado del GAC en el comunicado pronunciado en Pekín durante la reunión ICANN46 y la subsiguiente resolución de la Junta Directiva de la ICANN durante la ronda de 2012 del Programa de Nuevos gTLD. La ICANN clasifica a los gTLD que necesitan PIC sobre medidas de protección (consultar la Sección 7.8.2.2 PIC sobre medidas de protección aplicables por categoría de cadenas de caracteres) en cuatro grupos según el nivel de riesgo: Sectores regulados/Requisitos de libre ingreso: Cadenas que invocan la confianza del consumidor pero con riesgos más altos; Sectores con un alto nivel de regulación/Requisitos de ingreso cerrado: Cadenas de caracteres asociadas a sectores que exigen licencias o acreditaciones; Posibilidad de acoso/Bullying cibernético: Cadenas de caracteres que podrían facilitar el acoso; Funciones inherentemente gubernamentales: Cadenas de caracteres asociadas a dominios gubernamentales.
Código de escritura Conjunto de letras y otros signos escritos utilizados para representar información textual en uno o más sistemas de escritura. Por ejemplo, el idioma ruso se escribe utilizando un subconjunto del código de escritura cirílico, mientras que el idioma ucraniano se escribe utilizando un subconjunto distinto. El sistema de escritura japonés utiliza varios códigos de escritura.
Evaluación de notificaciones singular/plural La ICANN revisará los materiales enviados como parte del proceso de Notificaciones singular/plural y determinará si ciertas cadenas de caracteres representan las formas singular y plural de la misma palabra en el mismo idioma. Consultar la Sección 4.4 Notificaciones singular/plural.
Cadena de caracteres La cadena de caracteres que conforma un gTLD solicitado o su cadena de caracteres variante.
Objeción por confusión de cadenas de caracteres Objeción presentada en la que se alega que la cadena de caracteres de TLD solicitada tiene una similitud que genera confusión con un TLD existente o con otra cadena de caracteres de gTLD solicitada en la misma ronda de solicitudes. Consultar la Sección 4.5.1.1 Fundamento de la objeción: confusión de cadenas de caracteres.
Controversia por cadenas de caracteres El escenario en el que hay más de un solicitante cualificado para el mismo gTLD o para gTLD que son tan confusamente similares que crean una probabilidad de confusión en el usuario si más de una de las cadenas de caracteres se delega en la zona raíz. Consultar la Sección 5.2 Controversia por cadenas de caracteres y procedimientos de resolución de controversias.
Evaluación de la cadena de caracteres La evaluación de la cadena de caracteres (consultar la Sección 1.2.4 Evaluación de la cadena de caracteres) se centra únicamente en la evaluación de las cadenas de caracteres solicitadas y sus variantes asignables. La evaluación de cadenas de caracteres consta de cinco elementos, que se evaluarán simultáneamente: Evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres (consultar la Sección 7.10 Evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres), Evaluación inicial de colisiones de nombres (consultar la Sección 7.7.2 Evaluación inicial de colisiones de nombres), Evaluación de medidas de protección (consultar la Sección 7.8.2 Compromisos en pos del interés público sobre medidas de protección), Identificación de nombres geográficos (consultar la Sección 7.5 Nombres geográficos), Evaluación de notificaciones singular/plural (consultar la Sección 4.4 Notificaciones singular/plural).
Evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres La Evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres (consultar la Sección 7.10 Evaluación de la similitud entre cadenas de caracteres) determina la similitud visual de las solicitudes de gTLD mediante la comparación con otras solicitudes de gTLD, así como con TLD existentes, gTLD solicitados anteriormente y ccTLD que aún están en esos procesos, nombres bloqueados (consultar la Sección 7.2 Generalidades sobre nombres bloqueados y reservados) y cualquier cadena ASCII de dos caracteres (es decir, un posible ccTLD futuro).
Procedimientos Posteriores SubPro Introducción de nuevos gTLD con posterioridad a la Ronda de 2012. Se relaciona con el Proceso de Desarrollo de Políticas para Procedimientos Posteriores a la Introducción de Nuevos gTLD y el Informe Final 16 que incluía el conjunto de resultados relacionados con la Ronda de 2026 del Programa de Nuevos gTLD.
Delegación temporaria Las cadenas de caracteres (incluidas las cadenas de caracteres variantes) que no se identifiquen como de alto riesgo durante la Evaluación inicial (consultar la Sección 7.7.2 Evaluación inicial de colisiones de nombres) se pondrán en cola para Delegación temporaria (consultar la Sección 7.7.3 Delegación temporaria y evaluación final). La Delegación temporaria se iniciará una vez concluida la evaluación inicial, aunque se sigan realizando otras evaluaciones que formen parte de la Evaluación de la cadena de caracteres. La prioridad de la delegación temporaria se determinará en función del número de prioridad asignado a la solicitud.
Sistema de gestión de solicitudes de TLD TAMS Sistema que permite a los solicitantes enviar de forma segura la información necesaria para solicitar uno o más componentes del Programa de Nuevos gTLD. Esto puede incluir solicitantes del Programa de Apoyo para Solicitantes, solicitantes de la Preevaluación de Proveedores de Servicios de Registro y solicitantes de gTLD.
Dominio de alto nivel TLD Los dominios de alto nivel (TLD) son los nombres situados en la parte superior de la jerarquía de nombres del DNS. Aparecen en los nombres de dominio como la cadena de letras seguida del último punto, como “NET” en “www.ejemplo.net”. El administrador del TLD controla qué nombres de segundo nivel son reconocidos en ese TLD. Los administradores del dominio raíz o zona raíz controlan cuáles TLD son reconocidos por el DNS.
Centro de Información y Protección de Marcas Comerciales TMCH Mecanismo diseñado para ayudar a proteger los derechos de los titulares de marcas comerciales. El Centro de Información y Protección de Marcas Comerciales verifica y registra la información sobre derechos a nivel mundial. Esta información verificada se utiliza durante los procesos de registración de nombres de dominio, especialmente cuando se lanzan nuevos gTLD.
Base de datos de marcas comerciales TMDB La Base de datos de marcas comerciales es parte del Centro de Información y Protección de Marcas Comerciales. Proporciona una interfaz para registros y registradores a través de la cual pueden cumplir los requisitos de determinados mecanismos de protección de derechos.
Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio UDRP Una política de resolución de disputas derivadas de presuntos registros abusivos de nombres de dominio (por ejemplo, ciberocupación), que permita un procedimiento administrativo expeditivo que inicie el titular de un derecho de marca comercial mediante la presentación de un reclamo ante un proveedor de servicios de resolución de disputas autorizado.
Sistema Uniforme de Suspensión Rápida URS Procedimiento administrativo expeditivo que los titulares de derechos pueden iniciar para determinados tipos de disputas por nombres de dominio. El procedimiento de URS es una herramienta para abordar rápidamente los casos evidentes de infracciones en materia de marcas comerciales.
Idiomas oficiales de las Naciones Unidas Idiomas UN6 Los seis idiomas utilizados por las Naciones Unidas: árabe, chino, inglés, francés, español y ruso.
Evaluación de cadenas de caracteres variantes El solicitante que desee una o más cadenas de caracteres variantes asignables de una cadena de caracteres principal solicitada o de un gTLD existente deberá justificar la necesidad de cada cadena de caracteres variante solicitada. Esta justificación será evaluada por un panel (consultar la Sección 7.6 Evaluación de cadenas de caracteres variantes) de conformidad con los criterios especificados en la recomendación en materia de políticas pertinente, surgida de la Primera Etapa del EPDP sobre IDN. Los gTLD variantes que superen con éxito la evaluación se incluirán en la especificación 14 del Acuerdo de Registro Base. Consultar el Apéndice 4 Acuerdo de Registro Base.
Cadena de caracteres variante Una cadena de caracteres considerada “igual” a otra por la comunidad de usuarios del código de escritura pertinente y, por lo tanto, generada como una variante de una cadena de caracteres principal de acuerdo con un conjunto particular de Reglas para la Generación de Etiquetas (LGR). Para el nivel superior, la cadena variante de otra cadena de caracteres se define mediante las Reglas para la Generación de Etiquetas para la Zona Raíz (RZ-LGR).
Conjunto de cadena de caracteres y variantes Las cadenas de caracteres principal, variantes asignables y bloqueadas se denominan colectivamente un conjunto de cadena de caracteres y variantes. En el caso de un gTLD existente, se considera la cadena de caracteres principal con respecto a la cual se calculará y presentará su conjunto de cadenas variantes. Para el nivel superior, un conjunto de cadena de caracteres y variante se crea mediante la aplicación de las Reglas para la Generación de Etiquetas para la Zona Raíz (RZ-LGR) a la cadena de caracteres principal.

Similitud visual o

Visualmente similar

La similitud visual se produce cuando dos o más cadenas de caracteres son visualmente similares, de modo que crearían una probabilidad de confusión en el usuario si se permitiera su coexistencia. Consultar la Sección 5.2 Controversia por cadenas de caracteres y procedimientos de resolución de controversias.
Grupo de Trabajo WG Grupo temporario formado por una Organización de Apoyo o un Comité Asesor para resolver un problema específico o llevar a cabo una tarea determinada.
Archivo de zona Archivo en un servidor de nombres autoritativo que define el contenido de una zona en el Sistema de Nombres de Dominio. Los registros de recursos (RR) en un archivo de zona identifican las direcciones IP de los servidores host (por ejemplo, servidores web, servidores de correo) y servidores de nombres en la zona del servidor de nombres. Un archivo de zona también puede contener otros tipos de RR (como los que contienen firmas digitales) según lo determine el propietario de la zona. Los RR en un archivo de zona permiten que un servidor de nombres autoritativo responda de forma definitiva a consultas del DNS sobre el contenido de una zona.

  1. Consultar los Estatutos de la ICANN: https://www.icann.org/en/governance/bylaws.↩︎

  2. Consultar el Informe Final del SubPro: https://gnso.icann.org/sites/default/files/file/field-file-attac Rh/final-report-newgtld-subsequent-procedures-pdp-02feb21-en.pdf.↩︎

  3. Consultar el Informe Final de la Revisión de Competencia, Confianza y Elección de los Consumidores: https://www.icann.org/en/system/files/files/cct-rt-final-08sep18-en.pdf.↩︎

  4. Consultar el Anexo A de los Estatutos de la ICANN: http://www.icann.org/en/general/bylaws.htm#AnnexA.↩︎

  5. Consultar el sitio web de las partes contratadas: http://www.icann.org/en/general/consensus-policies.htm.↩︎

  6. Consultar la base de datos de la Zona Raíz: http://iana.org/domains/root/db/.↩︎

  7. Consultar la lista de la base de datos de la Zona Raíz: http://iana.org/domains/root/db.↩︎

  8. Consultar el Informe Final sobre el Proceso de Desarrollo de Políticas para Procedimientos Posteriores a la Introducción de Nuevos gTLD: https://gnso.icann.org/sites/default/files/file/field-file-attach/final-report-newgtld-subsequent-procedures-pdp-20jan21-en.pdf.↩︎

  9. Consultar la página web de la GNSO: https://gnso.icann.org/en.↩︎

  10. Consultar la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO: https://whc.unesco.org/en/list/&order=region.↩︎

  11. Consultar la sección M49 de Regiones Geográficas: https://unstats.un.org/unsd/methodology/m49/.↩︎

  12. Consultar información acerca de la Junta Directiva: https://www.icann.org/en/board/about.↩︎

  13. Consultar el sitio web de la organización de la ICANN: https://www.icann.org/.↩︎

  14. Consultar la lista de registradores acreditados: https://www.icann.org/en/accredited-registrars.↩︎

  15. Consultar la Revisión sobre la Implementación del Programa con fecha 29 de enero de 2016: https://www.icann.org/en/system/files/files/program-review-29jan16-en.pdf.↩︎

  16. Consultar el Informe Final sobre el Proceso de Desarrollo de Políticas para Procedimientos Posteriores a la Introducción de Nuevos gTLD: https://gnso.icann.org/sites/default/files/file/field-file-attach/final-report-newgtld-subsequent-procedures-pdp-02feb21-en.pdf.↩︎