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Módulo 6 Procedimientos de evaluación de los solicitantes

Evaluar a los solicitantes de nuevos gTLD es vital para salvaguardar a los usuarios finales y a las organizaciones que dependen de estos dominios. Los procedimientos de evaluación de solicitantes del Programa de Nuevos gTLD confirman que los posibles operadores de registro poseen las capacidades financieras, operativas y técnicas necesarias para mantener esta infraestructura y cumplir con las políticas de la ICANN.

En el Módulo 6 se describe el proceso de evaluación integral, que incluye:

  • Investigación de los antecedentes de los solicitantes.

  • Revisión de los estados contables y las prácticas operativas.

  • Análisis de las disposiciones sobre servicios de registro.

  • Evaluación de las políticas de seguridad y las estrategias de mitigación de uso indebido.

Al analizar minuciosamente a los posibles operadores de registro, la ICANN pretende mantener la integridad y fiabilidad del ecosistema de nombres de dominio. Este proceso respalda la misión de la ICANN de mantener una Internet segura, estable e interoperable.

6.1 Investigación de antecedentes

La ICANN ha diseñado el Programa de Nuevos gTLD: Ronda de 2026 para priorizar las protecciones de los registratarios. Más allá de las características del Acuerdo de Registro Base de gTLD y la implementación de mecanismos de custodia de datos y financieros, la investigación de antecedentes sirve como herramienta vital para salvaguardar a los registratarios. Este proceso garantiza que sólo las personas jurídicas, organizaciones o instituciones constituidas (por ejemplo, corporaciones) que operan de conformidad con la ley puedan solicitar un nuevo gTLD.

La investigación de antecedentes se realiza para proteger el interés público en la asignación de recursos críticos de Internet. La ICANN se reserva el derecho a rechazar una solicitud que, por lo demás, cumpla con los requisitos, sobre la base de los resultados del proceso de investigación de antecedentes.

6.1.1 Procedimientos para la investigación de antecedentes

6.1.1.1 Información de la solicitud

La solicitud requiere que los solicitantes proporcionen detalles sobre la constitución legal de la entidad solicitante,1 junto con la identificación de sus directores, funcionarios, socios y accionistas principales, 2 así como la última empresa matriz o las personas físicas que controlan al solicitante. Los nombres y cargos de las personas incluidas en la solicitud se publicarán como parte de dicha solicitud; no se publicará el resto de la información recopilada sobre las personas.3 La ICANN no divulgará públicamente información compartida como parte del proceso de investigación de antecedentes y relacionada con los criterios enumerados a continuación en la Sección 6.1.2 Criterios para la investigación de antecedentes.

6.1.1.2 Sociedades que cotizan en bolsa

Las sociedades que cotizan en bolsa y que operen conforme a la ley en cualquiera de las 25 bolsas de valores más importantes del mundo (según la Federación Mundial de Bolsas) podrán someterse a un proceso de investigación de antecedentes más limitado (consultar la Sección 6.1.2 Criterios para la investigación de antecedentes). Las 25 bolsas más importantes se identifican en función de la capitalización del mercado nacional comunicada a fines del año más reciente anterior al lanzamiento de la ronda.4

Antes de que una entidad cotice en bolsa, debe someterse a un importante proceso de averiguación de antecedentes que incluye una investigación por parte de la bolsa de valores, las entidades reguladoras y los bancos de inversión. Como sociedad que cotiza en bolsa, los accionistas, analistas, entidades reguladoras y bolsas la examinan continuamente. Se prevé que estos requisitos cumplan o superen los criterios de elegibilidad descritos en la Sección 6.1.2 Criterios para la investigación de antecedentes.

6.1.1.3 Consulta sobre la investigación de antecedentes

La ICANN enviará información identificatoria del solicitante (es decir, entidad, funcionarios, directores y accionistas principales) a un servicio internacional de investigación de antecedentes. Los proveedores de servicios utilizarán los criterios enumerados en la Sección 6.1.2 Criterios para la investigación de antecedentes y devolverán los resultados que coincidan con dichos criterios.

La consulta se basa en la información de la organización solicitante facilitada 5 durante la etapa previa a la presentación de la solicitud (creación del Registro de cuentas de la organización, que incluye información como, por ejemplo, datos del solicitante, información de los contactos principal y secundario, y prueba de constitución legal). El solicitante es responsable de garantizar que la inclusión de datos personales de personas o entidades en la solicitud cumpla con la legislación y las normas locales. Esto puede incluir la obtención del consentimiento de personas físicas o la celebración de acuerdos específicos con personas jurídicas. Si así lo solicita la ICANN, los solicitantes deberán demostrar a la ICANN o al proveedor de servicios de investigación de antecedentes de la ICANN que los datos de las entidades o personas nombradas en el Registro de cuentas de la organización, relativos a las actividades de investigación de antecedentes, se comparten de conformidad con las leyes y normativas locales, lo que puede incluir el consentimiento de las personas. Consultar el Conjunto de preguntas 4 Antecedentes y organización de la entidad solicitante en el Apéndice 1 Preguntas incluidas en la solicitud para preguntas relacionadas con el Registro de cuentas de la organización.

6.1.1.4 Momento de la investigación de antecedentes

Por lo general, todos los solicitantes serán sometidos a una investigación de antecedentes como parte de su evaluación. Si se produce un cambio en la solicitud que requiera repetir una investigación de antecedentes o realizar otra (por ejemplo, un cambio6 en la entidad solicitante o un cambio en los accionistas principales, funcionarios o directores de la entidad solicitante), esta investigación de antecedentes adicional sobre cualquier cambio o nueva información tendrá lugar durante el proceso de contratación (consultar la Sección 1.2.15 Contratación).

6.1.2 Criterios para la investigación de antecedentes

La investigación de antecedentes se llevará a cabo tanto a nivel organizacional como individual para confirmar la elegibilidad y evaluar el riesgo. La información puede variar en función de la accesibilidad de los datos y de la legislación local sobre protección de datos. La ICANN puede tener en cuenta la información recibida de cualquier fuente si es relevante para los criterios enumerados a continuación y de conformidad con las leyes locales de protección de datos, por ejemplo, los comentarios recibidos a través del Foro de comentarios sobre solicitudes (consultar la Sección 4.1 Comentarios sobre solicitudes).

La ICANN, en cumplimiento de las leyes y normativas locales, realizará una investigación de antecedentes con el fin de garantizar que el solicitante cumple con los Criterios de elegibilidad del Programa de Nuevos gTLD descritos en la Sección 6.1.2.1. Los criterios de elegibilidad se ajustan a la norma de “delitos de abuso de confianza” utilizada a veces en el sector bancario y financiero. La ICANN se reserva el derecho de rechazar una solicitud, aunque el solicitante esté cualificado, sobre la base de la información descubierta durante el proceso de investigación de antecedentes.

En ausencia de circunstancias excepcionales, las solicitudes de cualquier entidad que incluya personas que no cumplan con los criterios de elegibilidad enumerados a continuación serán descalificadas del Programa.

6.1.2.1 Criterios de elegibilidad del Programa de Nuevos gTLD

  1. El solicitante y las personas nombradas en el Registro de cuentas de la organización deben estar al día con sus obligaciones societarias de conformidad con las leyes y normativas aplicables.

  2. El solicitante y las personas nombradas en el Registro de cuentas de la organización deben confirmar que están libres de todo lo siguiente:

    1. Condenas por cualquier delito relacionado con actividades financieras o de gobierno corporativo, o sentencias de un tribunal por haber cometido fraude o incumplimiento del deber fiduciario, o ser objeto de una resolución judicial que sea el equivalente sustantivo de cualquiera de estos delitos en los últimos diez años.

    2. Acciones disciplinarias por parte de cualquier organismo regulador gubernamental o del sector por conducta que implique deshonestidad o malversación de fondos ajenos en los últimos diez años.

    3. Condenas por fraude fiscal deliberado o evasión voluntaria de obligaciones fiscales en los últimos diez años.

    4. Condenas por perjurio, falso juramento, no cooperar con una investigación de los organismos encargados del cumplimiento de la ley o declaraciones falsas a una agencia o representante encargado del cumplimiento de la ley dentro de los últimos diez años.

    5. Condenas por cualquier delito que implique el uso de computadoras, sistemas de telefonía, telecomunicaciones o Internet para facilitar la comisión de delitos.

    6. Condenas por un delito que implique el uso de un arma, la fuerza o la amenaza del uso de la fuerza.

    7. Condenas por un delito violento o sexual del que hayan sido víctimas niños, ancianos o personas con discapacidades.

    8. Condenas, dentro de los últimos diez años, por la venta, fabricación o distribución ilegal de drogas farmacéuticas, o condenas o extradición efectivas por cualquier delito descrito en el Artículo 3 de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988.

Nota: no se tendrá en cuenta una condena anterior por un delito que ya no sea delito penal en la jurisdicción al momento de la solicitud.

  1. Condenas o extradición efectivas por cualquier delito descrito en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (todos los protocolos).

  2. Condenas por ayudar, instigar, facilitar, permitir o conspirar para cometer cualquiera de los delitos enumerados anteriormente.

  3. Declaración de culpabilidad como parte de un acuerdo de culpabilidad o tener una causa judicial en cualquier jurisdicción con una resolución de Declarado culpable o Suspensión de condena (o equivalentes regionales) dentro de los plazos respectivos enumerados anteriormente por cualquiera de los delitos enumerados.

  4. Participación sistemática o repetitiva en ciberocupación, tal como se define en la Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio (UDRP), la Ley de Protección de los Consumidores contra la Ciberocupación (ACPA) u otra legislación equivalente, o participación en secuestro inverso de nombres de dominio en virtud de la UDRP u omisión negligente o de mala fe en virtud de la ACPA o legislación equivalente. Por lo general, se considerará que tres o más decisiones de este tipo, una de ellas en los últimos cuatro años, constituyen una participación sistemática o repetitiva en ciberocupación.

6.1.2.2 Preguntas para la incorporación de los solicitantes

El solicitante debe responder a las siguientes preguntas relativas a los criterios de elegibilidad, asegurándose de que toda la información facilitada cumpla con las leyes y normas aplicables:

  1. Confirmar haber leído y comprendido los criterios de elegibilidad y declarar que ni el solicitante ni ninguna de las personas nombradas en el Registro de cuentas de la organización están sujetos a ninguno de los criterios anteriores que pudiera impedir la elegibilidad.

  1. Confirmar que ni el solicitante ni ninguna de las personas o entidades nombradas en la cuenta de la organización - ya sea en su capacidad actual o como parte de una entidad anterior sobre la que tenían propiedad o control - han sido objeto de ninguna decisión que indique implicación en ciberocupación, tal como se define en la Política Uniforme de Resolución de Disputas por Nombres de Dominio (UDRP), la Ley de Protección del Consumidor contra la Ciberocupación (ACPA) o legislación equivalente. Esto incluye la participación en el secuestro inverso de nombres de dominio en virtud de la UDRP, o la mala fe o indiferencia temeraria en virtud de la ACPA o legislación equivalente en los últimos diez años. Ante la imposibilidad de confirmarlo, se debe brindar una explicación.

Nota relacionada con la pregunta 2 mencionada anteriormente: Por lo general, se considerará que tres o más decisiones de este tipo, una de ellas en los últimos cuatro años, constituyen un patrón.

  1. Confirmar que ni el solicitante ni ninguna de las personas nombradas en el Registro de cuentas de la organización - ya sea en su capacidad actual o como parte de una entidad anterior de la que eran propietarios o ejercían el control - han sido objeto de una resolución definitiva por parte de un proveedor de resolución de disputas o un tribunal de jurisdicción competente por infracción de la propiedad intelectual relacionada con la registración o el uso de un nombre de dominio en los últimos diez años. Ante la imposibilidad de confirmarlo, se debe brindar una explicación.

  2. Confirmar que el solicitante y las personas o entidades nombradas en la Cuenta organizacional, ya sea en su capacidad actual o como parte de una entidad anterior de la que eran propietarios o tenían el control, no han sido objeto de una resolución definitiva relacionada con la Política del Sistema Uniforme de Suspensión Rápida (URS) o los Procedimientos para la Resolución de Disputas con Posterioridad a la Delegación (PDDRP). Ante la imposibilidad de confirmarlo, se debe brindar una explicación.

6.1.3 Preguntas aclaratorias sobre la investigación de antecedentes

Si el proveedor encargado de la investigación de antecedentes identifica algún aspecto en el que el solicitante no haya cumplido los criterios, se pueden formular preguntas aclaratorias para obtener información adicional. Para garantizar el procesamiento oportuno de las solicitudes, se recomienda a todos los solicitantes que respondan a las preguntas aclaratorias a la mayor brevedad posible, pero como máximo 21 días después de recibir la pregunta aclaratoria.

6.1.4 Resultados de la investigación de antecedentes

En función de los resultados de la investigación de antecedentes, la ICANN se reserva el derecho de aprobar o denegar el avance de una solicitud en el proceso. Por ejemplo, una decisión definitiva y legalmente vinculante emitida por una autoridad nacional encargada del cumplimiento de la ley o de la protección de los consumidores en la que se determine que el solicitante incurrió en prácticas comerciales fraudulentas y engañosas, tal como se definen en las Pautas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para la protección de los consumidores frente a prácticas comerciales fraudulentas y engañosas transfronterizas7, puede resultar en el rechazo de una solicitud. La ICANN también puede ponerse en contacto con el solicitante para formularle preguntas adicionales basadas en la información obtenida en el proceso de investigación de antecedentes (consultar más información en Evaluación extendida para investigación de antecedentes).

6.1.5 Evaluación extendida para investigación de antecedentes

Si un solicitante no cumple los criterios de investigación de antecedentes, puede solicitar una evaluación extendida. Durante este proceso, el proveedor encargado de la investigación de antecedentes puede formular preguntas aclaratorias adicionales o solicitar información complementaria para facilitar un nuevo análisis. Los solicitantes disponen de 21 días para proporcionar la información solicitada. Si el solicitante no responde o sus respuestas no satisfacen los criterios de investigación de antecedentes, no superará la investigación.

6.2 Evaluación financiera y operativa

La Evaluación financiera y operativa valora si un solicitante tiene la capacidad financiera para financiar el registro a largo plazo, garantizando así la estabilidad del DNS y mitigando riesgos financieros como el déficit de ingresos o el sobrecosto, incluso para aquellos que gestionan varios TLD. Esta evaluación también mitiga los riesgos relativos a la seguridad y estabilidad del DNS, y la seguridad, estabilidad y flexibilidad generales de Internet. El componente operativo garantiza que la entidad solicitante dispone de medidas de protección razonables para respaldar operaciones empresariales sólidas y una gestión eficaz de los problemas de uso indebido.

La Evaluación financiera y operativa se basa en las respuestas del solicitante a las preguntas incluidas en la solicitud (consultar 3.1.3 Preguntas incluidas en las solicitudes y el Apéndice 1 Preguntas incluidas en la solicitud), que se determinan en función del modelo de perfil del solicitante.8 Este modelo reconoce que se requieren criterios diferentes para los distintos tipos de solicitantes.

La evaluación se lleva a cabo durante la etapa de evaluación de solicitantes descrita en este módulo (Módulo 6 Procedimientos de evaluación de los solicitantes). La Evaluación financiera y operativa se realiza a nivel de la entidad solicitante. Si el solicitante solicita varias cadenas de caracteres, los resultados de la Evaluación financiera y operativa realizada a nivel de la entidad solicitante se aplicarán a cada una de sus cadenas de caracteres.

Un panel de evaluación externo llevará a cabo la Evaluación financiera y operativa, y valorará si las respuestas del solicitante satisfacen los criterios específicos del perfil del solicitante.

La mayor parte de la información financiera presentada por el solicitante sigue siendo confidencial; las preguntas de la solicitud están marcadas individualmente para indicar si las respuestas se publican o siguen siendo confidenciales.

6.2.1 Ejecución de la evaluación

La ICANN asignará a cada solicitante uno de los cuatro perfiles posibles en función de sus atributos únicos, determinados por las respuestas a las preguntas de selección del perfil del solicitante.

El solicitante responderá a una serie de preguntas "Sí" o "No" para determinar el perfil. En función de las respuestas del solicitante, el Sistema de gestión de solicitudes de TLD (TAMS) dirige al solicitante a las preguntas específicamente asignadas a ese perfil. A continuación, se muestra la lista de las preguntas en el orden en que se formulan:

  1. ¿La entidad solicitante es una entidad gubernamental o una organización intergubernamental reconocida en su jurisdicción? Si la respuesta es “Sí”, asignar el perfil Gobierno.

  2. ¿La entidad solicitante es un operador de registro actual o una entidad afiliada9 a un operador de registro actual con uno o varios Acuerdos de Registro activos? Si la respuesta es “Sí”, asignar el perfil Operador de registro.

  3. ¿La entidad solicitante es una empresa que cotiza en una de las 25 principales bolsas de valores públicas o una entidad afiliada a una empresa que cotiza en una de las 25 principales bolsas, según la definición de la Federación Mundial de Bolsas de Valores, e incluida específicamente en la lista de la ICANN con fecha (mes/día/año)?10 Si la respuesta es “Sí”, asignar el perfil Principales 25.

  4. Si la entidad solicitante no tiene ninguno de los perfiles anteriores, asignar el perfil Estándar. 11

6.2.2 Criterios para la Evaluación financiera y operativa

En función de las respuestas de un solicitante a las preguntas contenidas en el Apéndice 1 Preguntas incluidas en la solicitud y del perfil asignado a un solicitante, éste deberá cumplir distintos criterios para la evaluación. Los tres componentes de la evaluación son los Estados contables, la Autocertificación y Planificación/operaciones.

  • Estados contables: El solicitante (salvo que cumpla los requisitos del perfil Gobierno) debe proporcionar estados contables auditados, revisados o compilados, preparados por una firma contable externa, para la entidad solicitante que cumpla con las normas contables exigidas por la jurisdicción de la entidad solicitante. Como alternativa, el solicitante puede presentar declaraciones auditadas, revisadas o compiladas por terceros de una Entidad Principal Cualificada (QPE) aprobada por la ICANN, preparadas por una firma contable externa. Una Entidad Principal Cualificada (QPE) es una persona jurídica que posee al menos el 51 % de la titularidad del solicitante, ya sea en forma directa o indirecta. Los Estados contables de la Entidad Principal Cualificada (QPS) son los estados contables auditados de una QPE.

  • Autocertificación: El solicitante debe presentar un documento de autocertificación, firmado por el Director Ejecutivo, Presidente o Director de Finanzas de la entidad solicitante. Si los documentos financieros son proporcionados por una QPE, ésta deberá firmar conjuntamente el documento de certificación. Las declaraciones de autocertificación pueden variar en función del perfil del solicitante.

  • Planificación/Operaciones: Los solicitantes deben presentar diversos documentos de planificación y operaciones, según lo requiera su perfil.


Tabla 6-1: Reseña de los requisitos de la Evaluación financiera por tipo de perfil
Requisitos Estándar Operador de registro Cotiza en una de las 25 bolsas de valores principales Gobierno
E Declaraciones de la entidad Obligatorio Obligatorio Obligatorio
Declaraciones de la QPE Alternativa Alternativa Alternativa

Auditado, revisado o compilado

por entidad externa

Obligatorio Obligatorio

Obligatorio

(Auditado)

Compromiso del gobierno Obligatorio
Norma contable para la jurisdicción del solicitante Obligatorio Obligatorio Obligatorio
A Certificado por Director Ejecutivo o Director de Finanzas del solicitante y QPE, si corresponde Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio
Financiación a largo plazo Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio

Efectivo disponible

(por cadena de caracteres, con un límite de USD 300 000)12

Obligatorio,

USD 50 000 + 25 %

Tarifa de solicitud

Operación conforme a la ley Obligatorio
Obligado por ley de jurisdicción Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio
P

Lista de TLD solicitados

y TLD actuales, si corresponde

Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio

Previsión de DUM para

año 1, 2 y 3

Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio
Plan operativo trienal Obligatorio
Operar de conformidad con la ley, aplicable a operadores de registro y registradores
Comprobación administrativa de evento de EBERO
Plan sobre uso indebido del DNS / Plan y política de seguridad

6.2.3 Preguntas aclaratorias de la Evaluación financiera y operativa

El panel de evaluación podrá formular preguntas aclaratorias (CQ) para solicitar información adicional necesaria para evaluar adecuadamente la solicitud. Los solicitantes deben responder en un plazo de 21 días a partir de la fecha de emisión de la CQ.

6.2.4 Evaluación extendida para la Evaluación financiera y operativa

Una Evaluación extendida es un proceso de revisión secundario disponible para los solicitantes que no superen la Evaluación financiera y operativa. Un solicitante puede pedir una evaluación extendida para aportar información aclaratoria que subsane las deficiencias de su solicitud inicial. Para poder optar por ella, el solicitante debe elegir formalmente someterse a la evaluación extendida tras recibir los resultados de su Evaluación financiera y operativa. La Evaluación extendida no conlleva ningún costo.

6.2.5 Instrucciones para la evaluación financiera y operativa

La Evaluación financiera y operativa evalúa la capacidad del solicitante para financiar la puesta en marcha del registro y las operaciones a largo plazo a través de cuatro perfiles distintos:13

  • Perfil Gobierno: Se aplica a entidades gubernamentales u organizaciones intergubernamentales dentro de la jurisdicción de un gobierno reconocido.

  • Perfil Operador de registro: Se aplica a los operadores de registro actuales con Acuerdos de Registro activos o sus entidades afiliadas.

  • Perfil Cotiza en una de las 25 bolsas de valores principales: Se aplica a las empresas que cotizan en una de las 25 principales bolsas de valores, según la lista de la Federación Mundial de Bolsas (a diciembre de 2025),14 o sus entidades afiliadas.

  • Perfil Estándar: Se aplica a los solicitantes que no cumplen los criterios de los otros tres perfiles.

Todos los solicitantes deben completar las preguntas sobre "Política y planificación de seguridad" y "Uso indebido del DNS", además de las preguntas específicas del perfil. La ICANN asignará a cada solicitante un perfil en función de los criterios definidos anteriormente en la Sección 6.2.1 Ejecución de la evaluación.

Las preguntas para cada uno de los cuatro perfiles de solicitantes en la Evaluación financiera y operativa se encuentran en el Apéndice 1 Preguntas incluidas en la solicitud. Además, las plantillas utilizadas para el perfil Estándar se encuentran en el Apéndice 5 Plantillas para el perfil financiero estándar.

Las siguientes instrucciones y pautas generales se aplican a la Evaluación financiera y operativa:

  • El solicitante debe responder a todas las preguntas.

  • El solicitante debe seguir las instrucciones sin excepción y proporcionar respuestas completas, comercialmente razonables y de buena fe.

  • Si, por cualquier motivo, el solicitante considera que una pregunta no se aplica a su perfil, deberá explicar por qué.

  • Una vez presentada la solicitud, el solicitante no puede proporcionar ninguna información adicional a menos que la ICANN se lo solicite o en respuesta a un comentario sobre la solicitud. La ICANN no está obligada a solicitar información adicional o aclaraciones sobre la información presentada.

  • Cuando se le pregunte "por qué", "describir", "explicar" o "proporcionar detalles", el solicitante deberá responder con un contenido que demuestre la diligencia debida adecuada a la solicitud. La mayoría de las respuestas deben constar de varios párrafos, pero no deben exceder de dos páginas. Las excepciones a estas pautas son todos los tipos de estados contables, contratos, material de referencia o cualquier documentación que pueda requerir algún contenido adicional.

  • Todos los valores monetarios deben expresarse en USD (dólares estadounidenses) o en la moneda reconocida a nivel nacional para la jurisdicción del solicitante o de la Entidad Principal Cualificada (QPE).

  • Para los solicitantes que presenten varias solicitudes, las respuestas sobre finanzas se aplican a todas las solicitudes previstas para esta ronda. Los solicitantes completarán la Evaluación financiera y operativa (incluidas las plantillas) una sola vez para su primera solicitud, proporcionando información agregada para todas las cadenas de caracteres solicitadas en la respuesta.15

  • La Evaluación financiera y operativa se realiza una vez por entidad solicitante. Una Evaluación financiera y operativa tendrá en cuenta todas las cadenas de caracteres solicitadas y sus cadenas variantes (si las hubiera) para una única entidad solicitante.

  • Al completar las plantillas de Evaluación financiera y operativa (escenario más probable, peor escenario, etc.), los solicitantes deben consolidar todos los dominios bajo gestión (DUM) en todas las cadenas de caracteres solicitadas, incluidas las cadenas variantes. Al proporcionar los gastos, incluidos los gastos de RSP, los solicitantes deben consolidar todos los gastos previstos en todos los gTLD y cadenas de caracteres variantes solicitados.


  1. Las entidades constituidas (por ejemplo, sociedades), organizaciones o instituciones que operan de conformidad con la ley pueden solicitar un nuevo gTLD. No se tendrán en cuenta las solicitudes de personas físicas o empresas unipersonales. No se tendrán en cuenta las solicitudes de personas jurídicas aún por constituir o que se presenten en su nombre, ni las solicitudes que presupongan la futura constitución de una persona jurídica (por ejemplo, una empresa conjunta pendiente).↩︎

  2. “Accionistas principales” se refiere a aquellos que son titulares de al menos el 15 % de las acciones en circulación (o capital equivalente).↩︎

  3. Todos los datos se manejarán de conformidad con el Apéndice 9 Política de privacidad del Programa de Nuevos gTLD: Ronda de 2026↩︎

  4. Consultar la capitalización del mercado nacional en diciembre de 2025: https://focus.world-exchanges.org/issue/december-2025/market-statistics.↩︎

  5. Consultar el Apéndice 1 Preguntas incluidas en la solicitud.↩︎

  6. Consultar la Sección 3.8 Pedidos de cambios en una solicitud para obtener más información sobre este tema.↩︎

  7. Consultar las Directrices de la OCDE para la Protección de los Consumidores de Prácticas Comerciales Transfronterizas Fraudulentas y Engañosas https://www.oecd-ilibrary.org/industry-and-services/oecd-guidelines-for-protecting-consumers-from-fraudulent-and-deceptive-commercial-practices-across-borders_9789264103573-en-fr.↩︎

  8. A efectos de las preguntas incluidas en las solicitudes y para garantizar la claridad, se utiliza el término “entidad solicitante” en lugar de “solicitante’. La "entidad solicitante" es la entidad jurídica (por ejemplo, organización, empresa, etc.) a la que se atribuirá la solicitud y que actuará como operador de registro una vez finalizados con éxito todos los procesos de solicitud y la firma del acuerdo de registro con la ICANN.↩︎

  9. Tal y como se lo utiliza en lo sucesivo, el término “Afiliada” se define según la plantilla del Acuerdo de Registro Base (consultar el Apéndice 4).↩︎

  10. Consultar la capitalización del mercado nacional en diciembre de 2025: https://focus.world-exchanges.org/issue/december-2025/market-statistics.↩︎

  11. Si la entidad solicitante pertenece a más de una categoría (por ejemplo, un Operador de Registro existente y perfil Principales 25), se asignará el primer perfil para el que cumpla los requisitos la entidad solicitante (por ejemplo, el perfil Operador de Registro existente se asignará primero por sobre el perfil Principales 25).↩︎

  12. Las participaciones exigidas varían para los solicitantes de varias cadenas de caracteres: desde un mínimo de USD 50 000 hasta un máximo de USD 300 000. Esto limita las participaciones requeridas para los solicitantes estándar que soliciten varias cadenas de caracteres. Por ejemplo, un solicitante estándar de una sola cadena de caracteres deberá poseer USD 50 000 más el 25 % de la tarifa de solicitud de USD 227 000. Un solicitante estándar de tres cadenas de caracteres deberá poseer USD 50 000 más el 25 % de la tarifa de USD 227 000 por cada una de las tres cadenas de caracteres.↩︎

  13. A efectos de las preguntas incluidas en las solicitudes (consultar el Apéndice 1), los perfiles se numeran de la siguiente manera: Q1 está relacionada con el perfil Gobierno; Q2 está relacionada con el perfil RO; Q3 está relacionada con el perfil Principales 25; Q4 está relacionada con el perfil Estándar.↩︎

  14. Consultar la capitalización del mercado nacional en diciembre de 2025: https://focus.world-exchanges.org/issue/december-2025/market-statistics.↩︎

  15. Consultar la Sección 3.1. Preguntas incluidas en la solicitud.↩︎